En una entrevista con Diálogo 21, la abogada penalista Roxana Cardona criticó la propuesta de reforma en estudio al Código Procesal Penal, señalando que viola varios principios fundamentales. “Esta reforma viola muchos principios”, afirmó Cardona.
“Además de tratar de disuadir, esta reforma es de último recurso (…) esto significa que es para empezar a proteger ciertos derechos que no han sido protegidos, como los delitos contra el patrimonio”, mencionó.
📍 El proyecto de reforma al Código Procesal Penal "viola muchos principios” para la abogada penalista Roxana Cardona, según dijo en #Diálogo21.
— Diálogo (@dialogo21) July 25, 2024
"Aparte de que trata de disuadir, es de último recurso", señaló la abogada y dijo que busca "proteger los delitos del patrimonio". pic.twitter.com/hUWdmOmNve
Cardona argumentó que la propuesta de reforma también transgrede el principio de proporcionalidad de la pena. “Este principio conllevaría a que la pena debe ser conforme al hecho cometido y no debe excederse”, explicó.
La abogada resaltó que los delitos en cuestión son contra el patrimonio, no contra la vida o la integridad sexual, lo cual, según ella, hace que la reforma desproporcione las penas y favorezca a la Fiscalía, quitando derechos a las víctimas.
Otro aspecto crítico de la reforma en estudio, según Cardona, es el impacto negativo en el derecho de defensa. “Una de las reformas conlleva un castigo al derecho de defensa porque permite que la detención provisional se prolongue por más tiempo”, indicó.
Cardona detalló que la nueva legislación permitiría, de ser aprobada, extender la detención provisional por 24 meses adicionales si una de las partes interpone un recurso, castigando así al imputado. “La detención provisional no puede exceder más del tiempo mínimo que establece la ley, que son dos años. Si queremos interponer un recurso, se castiga al imputado con dos años más”, subrayó, cuestionando: “¿Qué pasa si el imputado es inocente? ¿Quién se lo va a reconocer?”
La abogada también criticó la inacción de los jueces respecto a la inaplicación de leyes que contradicen la Constitución. “Hay un artículo de la Constitución que menciona que el juez tiene la potestad de inaplicar una ley que contradiga con la Constitución. Desgraciadamente, ese artículo no lo están aplicando los jueces y deberían de aplicarlo. La Constitución tiene supremacía constitucional; sin embargo, en esto no se está aplicando y no se va a aplicar”, concluyó.