Sanciones para quienes no usen pasarelas o pasos peatonales en San Salvador

Hamilton Barcenas

La alcaldía de San Salvador ha reforzado su compromiso con la seguridad vial y la convivencia ciudadana a través de una nueva disposición contemplada en la Ordenanza para la Convivencia Ciudadana, la cual regula el comportamiento de los peatones al momento de cruzar las vías públicas.

De acuerdo con el Artículo 62 de dicha ordenanza, se establece que cualquier individuo que decida cruzar la vía o calzada fuera de la zona peatonal, de manera imprudente, o que no utilice la pasarela cuando esta se encuentre a una distancia no mayor de cien metros, estará sujeto a sanciones económicas.

La multa por infringir esta disposición puede oscilar desde los quince dólares hasta los cincuenta dólares de los Estados Unidos de América, dependiendo de la gravedad de la infracción y las circunstancias particulares del caso.

Foto: @ObrasPublicasSV

Esta medida tiene como objetivo principal promover la seguridad vial y prevenir accidentes en las calles de San Salvador, incentivando a los peatones a utilizar los cruces peatonales designados y a respetar las normas de circulación establecidas.

Las autoridades municipales hacen un llamado a la ciudadanía a cumplir con esta disposición, recordando que el respeto a las normativas de tránsito contribuye al bienestar común y a la construcción de una convivencia armoniosa en la capital salvadoreña.

Fuente: Portal de Transparencia. Alcaldía de San Salvador ( Marzo, 2024). Ordenanza Municipal para la Convivencia Ciudadana.